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Voy a crear una sociedad o empresa: ¿Cuándo necesito acudir al notario?

Iniciar un proyecto empresarial es una de las decisiones más importantes para cualquier emprendedor. Sin embargo, para consolidar una estructura de negocio con entidad propia, la normativa exige dar forma jurídica al proyecto.

Primer paso para crear una sociedad

En el marco legal español, es obligatorio acudir al notario para crear una sociedad mercantil (como una Sociedad de Responsabilidad Limitada o una Sociedad Anónima). Este paso resulta indispensable para otorgar la escritura pública de constitución, obtener el NIF y lograr la posterior inscripción en el Registro Mercantil, concediendo a la entidad personalidad jurídica propia e independiente de sus socios.

Del proyecto a la realidad jurídica: la constitución de tu empresa

Montar un negocio implica transicionar progresivamente desde una idea de negocio inicial hacia una estructura corporativa blindada. Aunque en las etapas preliminares es posible operar bajo la figura del autónomo individual, cuando se decide crear una sociedad para limitar la responsabilidad patrimonial o dar entrada a nuevos inversores, la intervención notarial se convierte en la piedra angular del procedimiento.

El acto ante notario dota a la nueva empresa de la seguridad legal exigida por el tráfico mercantil. No se trata únicamente de un mero formalismo administrativo, sino de un filtro de legalidad que protege tanto a los fundadores como a los futuros clientes, proveedores y acreedores de la mercantil.

¿Qué hace el notario durante el proceso de creación de la empresa?

Durante el acto de otorgamiento de la escritura pública, la labor de la oficina notarial abarca diversas funciones de control preventivo:

  • Redacción y control de los estatutos sociales: El notario supervisa minuciosamente que los estatutos (mecanismo que regula la denominación, objeto social, domicilio, sistema de administración y transmisión de participaciones) cumplan con la Ley de Sociedades de Capital.
  • Identificación de socios y titularidad real: Se comprueba la identidad de los otorgantes y se firma el acta de titularidad real para determinar quiénes son los propietarios finales del capital social, previniendo el blanqueo de capitales.
  • Acreditación de las aportaciones: Se verifica el desembolso del capital social mínimo exigido, bien mediante certificación bancaria (aportación dineraria) o evaluando el inventario de bienes de equipo asignados (aportaciones no dinerarias).
  • Otorgamiento de la escritura: La firma del documento otorga existencia legal formal a la mercantil, permitiendo su tramitación telemática prioritaria.

Preguntas Frecuentes sobre la Constitución de Sociedades

Haga clic en cada pregunta para desplegar la información detallada:

Conclusión: Garantía legal para el éxito de tu proyecto mercantil

En definitiva, contar con el soporte adecuado al crear una sociedad previene discrepancias entre socios y sienta unas bases corporativas sólidas desde el primer día. Además de la constitución de empresas, en la Notaría Ramón García Atance gestionamos la gestión de escrituras públicas de toda índole y la gestión de poderes notariales] societarios para facultar a administradores o apoderados. Le invitamos a contactar con nuestra notaría para revisar el borrador de sus estatutos, resolver sus dudas y formalizar el nacimiento de su empresa con la máxima eficacia y rigor profesional.

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