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Sucesiones y Donaciones

Sucesiones y donaciones en Toledo

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FAQ

Documentación necesaria para...

Ojo los plazos: 6 meses desde fallecimiento para pagar a hacienda y para aceptar a beneficio de inventario, plazo de 30 días desde que el heredero se entera de su condición de tal siempre que tenga en su poder todos o parte de los bienes de la herencia; si no los tiene, se cuenta desde que acepta la herencia o actúa como heredero o desde que venza el plazo que se le dio para aceptar o no la herencia en su caso.

Notario competente: el notario con residencia en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, o donde estuviere la mayor parte de su patrimonio, con independencia de su naturaleza de conformidad con la ley aplicable, o en el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuvieran en España, a elección del solicitante. También podrá elegir a un notario de un distrito colindante a los anteriores. En defecto de todos ellos, será competente el notario del lugar del domicilio del requirente. Aportar prueba para determinar competencia.

• Certificado de defunción.
• Certificado de últimas voluntades y copia firmada por notario del testamento o del acta de declaración de herederos(se los puede facilitar la notaría).
• D.N.I. de los herederos.
• Títulos de propiedad de los bienes, escrituras originales, recibo del I.B.I. (contribución).
• Certificados y extractos bancarios de ahorros y de deudas del difunto en su caso, a la fecha de fallecimiento.
• Identificar el pasivo del causante para citar: identidad y domicilio si se conocen. Plazo de vencimiento de la deuda, saldo, y si está vencida y no satisfecha en su caso.
• Documentación de vehículos a nombre del difunto (tarjeta técnica y permiso de circulación).
• Última declaración de la renta del difunto e impuesto patrimonio en su caso.
• Poderes notariales otorgados por el fallecido, en su caso.
• Gastos deducibles: IRPF e impuesto patrimonio del difunto respecto al año de su defunción en su caso, entierro, funeral, última enfermedad, litigio y arbitraje.
• Indicación de la forma en que se van a repartir los bienes o si se van a quedar sin partir.

Herencia

Ojo el plazo: 6 meses desde fallecimiento para pagar a hacienda.

• Certificado de defunción.
• Certificado de últimas voluntades y copia firmada por notario del testamento o del acta de declaración de herederos(se los puede facilitar la notaria).
• D.N.I. de los herederos.
• Títulos de propiedad de los bienes, escrituras originales, recibo del I.B.I. (contribución).
• Certificados y extractos bancarios de ahorros y de deudas del difunto en su caso, a la fecha de fallecimiento.
• Documentación de vehículos a nombre del difunto (tarjeta técnica y permiso de circulación).
• Última declaración de la renta e impuesto patrimonio en su caso.
• Poderes notariales otorgados por el fallecido, en su caso.
• Gastos deducibles: IRPF e Impuesto Patrimonio del difunto respecto al año de su defunción en su caso, entierro, funeral, última enfermedad, litigio, arbitraje.
• Indicación de la forma en que se van a repartir los bienes o si se van a quedar sin partir.

Persona fallecida sin testamento

Notario competente: el del lugar en que hubiera tenido el fallecido su último domicilio o residencia habitual; o donde estuviera la mayor parte de su patrimonio; o el lugar de defunción; a elección del solicitante, y en su defecto el del domicilio del propio solicitante. Vale el notario del lugar o del distrito notarial colindante.

• D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio, para comprobar la competencia del notario del domicilio.
• D.N.I. de los que promueven el acta, que tienen que ser descendientes, ascendientes, cónyuge, o parientes colaterales hasta el cuarto grado, del difunto.
• Certificado de defunción.
• Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad del difunto (lo puede obtener la notaría por usted).
• Certificado de matrimonio del difunto, si estaba casado.
• Certificado de nacimiento de los hijos, si los hay.
• Libro de familia del difunto.
• Dos testigos que no sean parientes con interés en el asunto y conozcan a la familia del difunto: su DNI y datos personales. Comparecen el día de la firma para testificar.

OJO: firmada el acta, hay que esperar 20 días hábiles (alrededor de un mes), transcurridos los cuales se puede hacer la aceptación de herencia (tenga en cuenta que el plazo para presentar los papeles en hacienda es de seis meses desde el fallecimiento).

Notario competente: el del lugar en que hubiera tenido el fallecido su último domicilio o residencia habitual; o donde estuviera la mayor parte de su patrimonio; o el lugar de defunción; a elección del solicitante, y en su defecto el del domicilio del propio solicitante. Vale el notario del lugar o del distrito notarial colindante.

• D.N.I. o certificado de empadronamiento del difunto para comprobar último domicilio, y confirmar la competencia del notario del domicilio.
• D.N.I. de los que promueven el acta, que tienen que ser herederos y legatarios titulares del 50%, al menos del haber hereditario.
• Certificado de defunción.
• Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad del difunto (lo puede obtener la notaría por ud.).
• Copia autorizada del testamento o del acta de declaración de herederos (lo puede obtener la notaría por ud.).

OJO: firmada el acta, se convoca una junta de herederos para intentar el acuerdo sobre la partición o sobre elegir un contador partidor, si no hay acuerdo el notario pide uno al Colegio Notarial. Este contador-partidor elabora el cuaderno particional, que se somete a aprobación de todos los herederos y legatarios, y si no se ponen de acuerdo en aprobarlo, lo aprueba en su caso el notario y se eleva a público.

• D.N.I. del testador.
• Si ordena legados de bienes concretos: original del título de propiedad de los bienes (escrituras originales con la firma del notario), último recibo del I.B.I (contribución).
• Si nombra tutores de sus hijos menores: su fecha y lugar de nacimiento, nombre de los padres; y respecto del tutor (no hace falta que venga a firmar), su nombre y apellidos, el de sus padres, domicilio, DNI y estado civil.
• Datos completos de los beneficiarios de su testamento si no son familia.

Le garantizamos mantenerle informado de cada paso que demos en su proceso notarial.

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